Convocatoria a Inscripción de Primaria

La estabilidad laboral de los docentes es principio fundante de la Representación docente en el CGE.

Convocatoria a Inscripción de Primaria

La estabilidad laboral de los docentes es principio fundante de la Representación docente en el CGE.

Por Expediente Nº: 1717135 se tramita la convocatoria a inscripción para el Nivel Primario

        La base normativa son las la Ley  N° 9595 y su modificatoria Ley N° 9605  de regulación de Concursos públicos para titularización, interinatos y suplencias.

En  la Paritaria de Condiciones Laborales se acordó la Resol. 1000/13 CGE producto del Acuerdo Ministerial 783/12, que  aprueba el Reglamento de Concursos de ingreso, reingreso, pase y traslado de cargos iniciales, horas cátedras y/o cargos de ascenso de los docentes de los Niveles Inicial y Primario y sus modalidades, dependientes del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos.

 La Resolución N° 1000/13 C.G.E., establece los mecanismos de            ingreso, re ingreso, pase o traslado a cargos iniciales del escalafón de los Establecimientos dependientes del Consejo General de Educación se efectuará mediante concurso de antecedentes;

Se Convoca  a inscripción de Concurso Ordinario para ingreso, reingreso, pase, traslado de acuerdo a la Resolución N° 1000/13 CGE Art 66 y 67 y Director de 4° categoría de Jornada Simple; suplencias y suplencias de ascenso hasta Director de 1° categoría Jornada Simple, Jornada Completa y Jornada Completa Anexo Albergue.

 Fecha Propuesta: La inscripción se realizará desde 27 de julio 2015 y hasta el 07 de agosto de acuerdo a la Resolución N° 1000/13 C.G.E. Art 19

Podrán inscribirse todos aquellos aspirantes que reúnan los requisitos de la Resolución N° 1000/13 C.G.E.  Art 6° en los distintos cargos.

Se tomarán como  topes para la evaluación las siguientes fechas:

a) Concepto Anual Profesional hasta año 2014;

 b) Servicios, Jerarquías y Zonas hasta 2014;

c) Antecedentes Culturales se evaluarán hasta el 23/06/2013 de acuerdo a la Resolución 862/90 C.G.E. y desde el 24/06/2013 C.G.E. por  Resolución 1000/13 C.G.E hasta fecha cierre de inscripción.

– Con los docentes inscriptos, comprendidos en los Art 69, 70 y 71 de la Resolución 1000/13 C.G.E. se confeccionará el orden de mérito prioritario.

PROCEDIMIENTOS PARA LA INSCRIPCIÓN

a)        Los docentes incorporarán su DNI en la página www.entrerios.gov.ar/juradopodrán elegir hasta 3 departamentos y cliquear  “TODOS LOS CARGOS”  Art 84 Resol 1000/13 CGE (quedarán inscriptos en todos los cargos del escalafón, hasta Director de 1era. Categoría, para los cuales  reúna  requisitos)

b)        Los que se inscriban en listado prioritario por residencia en zona, señalarán las Escuelas en un radio de 5 km de su domicilio real, inscribiéndose en no más de 3 (tres) escuelas. Adjuntarán documentación,  de acuerdo al Art 70 ° Resol 1000/13 C.G.E. para remitir a Jurado de Concursos.

c)        Los conceptos, servicios, jerarquías, zona y antecedentes culturales hasta el 23/06/2013 se evaluarán con la Resolución 862/90 C.G.E. y desde el día 24/06/2013 de acuerdo a Resolución N° 1000/13 C.G.E.

d)        El puntaje por bonificación  de Concepto Profesional se extenderá hasta un máximo de 10 períodos anuales no inferiores a 90 días, continuos o discontinuos, teniéndose en cuenta los últimos 10 años de actuación continua o discontinua. (Resol 1000/13 CGE Art 60)

 Este punto tiene dictamen en disidencia de la Vocal Representantes de los Trabajadores de la Educación en el CGE, que se adjunta.

e)        La actuación docente se bonificará por año de servicio, en períodos no inferiores a 07 meses, continuos o discontinuos, acumulados en el año, considerándose también las acciones educativas desarrolladas durante el receso escolar (Art 63)

f)         La actuación en medios rurales se bonificará por sobre el concepto anual profesional no inferior a BUENO  extendido por un lapso no inferior a 7 meses (Art 64)

g)        La actuación en cargos jerárquicos se bonificará, correspondiéndole un puntaje diferenciado según el concepto obtenido. (No inferior a 90 días) (Art 65)

Ver Expediente completo haciendo clic aquí