SUSPENSIÓN DE CLASES: CÓMO PROCEDER ANTE LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN N° 674/20 CGE
SUSPENSIÓN DE CLASES: CÓMO PROCEDER ANTE LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN N° 674/20 CGE
Frente a la emergencia sanitaria a causa de la pandemia de coronavirus (COVID-19) y luego de los anuncios realizados el día de hoy por el gobierno nacional, el Consejo General de Educación emitió la Resolución N° 674/20, mediante la cual se adoptan las medidas consecuentes para los establecimientos educativos de Entre Ríos.
Ante sucesivas consultas planteadas por docentes de toda la provincia, ponemos a disposición una síntesis con el objeto de aportar claridad a la interpretación de la norma:
- Con relación a la concurrencia a las escuelas, se debe proceder de igual forma que durante el receso de invierno, garantizando las guardias mínimas y el funcionamiento de los comedores.
- En el caso de integrantes del personal que estén comprendidos dentro de alguno de los grupos de riesgo, deberán informar dicha circunstancia a la autoridad pertinente para que se otorgue la correspondiente licencia especial. Si se tratara de personal directivo, se informará a la Supervisión para que la misma disponga el criterio de organización institucional.
- El resto del personal queda en disponibilidad hasta el 31/03. En los próximos días se estará informando por los canales oficiales del CGE lo previsto en el artículo 5° de la norma (funciones pedagógicas para garantizar el sostenimiento de la enseñanza y el aprendizaje).
Toda novedad con relación a este tema será informada orgánicamente por AGMER a través de sus medios institucionales.
Comisión Directiva Central | AGMER