Listados Complementarios Inicial, Primario y Modalidades.
Compartimos la Disposición 015/2022 sobre Listados Complementarios de Nivel Inicial, Primario y Modalidades.
En la misma se informa que «solo debe inscribirse en el listado complementario quien no tenga inscripción previa en el mismo» (art. 1), que los reclamos se efectuarán por SAGE (art. 2), que los equipos supervisivos se encargarán de recibir, analizar y gestionar los reclamos a través de SAGE (art. 3).
Se detallan también las fechas de las distintas instancias de reclamos.